El Hunnapuh´s Investigatorum Preseculorum Tremens (HIPT) ha descubierto un ante proyecto ultra secreto que se trabaja en la sede del COENA. Dada su importancia lo damos a conocer íntegramente a nuestros gloriosos y valientes lectores y lectoras.
El Consejo Ejecutivo Nacional (COENA) máximo órgano conductor de nuestro gran partido opositor en nombre de las fuerzas vivas de la nación: ANEP, Cámara de Comercio e Industria, Cámara de la Construcción, grupo de los doce apóstoles (Los encabezados por don Boby M.), Grupo Los Torogoces, Club de Jardinería, Asociación de Banqueros Transnacionalizados, Empresarios del Evangelio Completo, Club del Té Canasta, Asociación de industriales, Hijas de María, Asociación de Importadores de Chuchulucos y Baratijas Chinas y otras prestigiosas asociaciones que conforman nuestra vida nacional, proponemos el siguiente anteproyecto de REFORMAS FISCALES PARA FORTALECER EL SISTEMA DE LIBERTADES Y LOGRAR EL DESARROLLO NACIONAL.
EL COENA, REPRESENTANDO LOS MAS ALTOS DESIGNIOS DE LA PATRIA Y EN NOMBRE DEL SISTEMA DE LIBERTADES QUE HA COMENZADO A SER PISOTEADO POR EL ACTUAL GOBIERNO, PROPONE ANTE LA HONORABLE ASAMBLEA LEGISLATIVA EL PRESENTE ANTEPROYECTO DE REFORMAS TRIBUTARIAS.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPUBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO.
1) Que el Estado salvadoreño necesita más recursos para apoyar la actividad patriótica de nuestro empresariado. Por ello necesita recibir más recursos y más apoyo.
2) Que los programas sociales del Estado, como salud, educación, vivienda y otros, deben ser financiados por los beneficiarios, que son los que hacen uso de las escuelas y hospitales públicos. Que no hay razón para que los que tenemos dinero para pagarnos nuestros colegios y hospitales privados, así como los que estamos pagando con esfuerzo y sacrificio nuestra mansioncita, estemos manteniendo parásitos.
3) Que la diversión y la festividad es un derecho humano reconocido internacionalmente, por tanto, toda medida impositiva que grave las bebidas que se sirven durante estas actividades constituyen una violación flagrante a los mas elementales derechos. Igual trato deben tener artículos que la chusma considera que son de lujo, por la envidia de no poderlos comprar ellos.
4) Que gravar con impuestos la actividad productiva, comercial o financiera, nos hundirá mas en la crisis, mermará las ganancias de estos patrióticos sectores y solo beneficiarán a los vagos y mal vivientes.
5) Que es necesario ampliar la base impositiva, incorporando a nuevos sectores de la sociedad, especialmente aquellos que por alegar falta de recursos económicos o pobreza extrema no cumplen el sagrado deber de tributar.
Por tanto, en uso de nuestras facultades constitucionales, los diputados que todavía quedamos en nuestro gran partido opositor proponemos las siguientes:
REFORMAS TRIBUTARIAS.
Art.1.- Para promover el empleo, se gravará con diez dólares americanos mensuales a cada ciudadano mayor de 18 años, que se encuentre desempleado. En caso que compruebe que diariamente desarrolla actividades para obtener uno, el impuesto será solamente la mitad de la cifra señalada.
Art. 2.- Del fondo recaudado según el artículo anterior, la mitad será entregado a las gremiales empresariales, para contribuir a sus perdidas por la crisis económica y mantener los empleos que todavía ofrecen.
Art. 3.- Se aumentará tres puntos del IVA a todas las verduras, legumbres, granos básicos, frutas, pollo, carnes, leche y sus derivados. Lo anterior con el objeto de promover su consumo racional entre la población y evitar el exceso de colesterol, triglicéridos y otras afecciones de salud.
Art. 4.- Del fondo resultante por el artículo anterior, dos tercios serán entregados a las empresas que producen boquitas, churritos y otros comestibles mal llamados comida chatarra. De esta manera incentivaremos la industria nacional y apoyaremos a uno de los grandes donantes del gran partido de la oposición.
Art. 5.- Quedan totalmente exentos del pago de todo tipo de impuestos las cadenas o franquicias de Pollo Frito, Hamburguesas, Pizzas, Costillitas de Cerdo y otras de reconocido prestigio mundial. La presencia de estas empresas fortalece la economía nacional y contribuye a la sana diversión gastronómica de la familia salvadoreña.
Art. 6.- Se establece un impuesto del 25% sobre las ventas a todas las pupuserías y comedores populares del país. Con esto aumentaremos la base tributaria, incorporando al desarrollo a decenas de miles de micro empresarios, que iniciarán el proceso de formalización de sus empresas.
Art. 7.- Quedan exentas de impuestos las bebidas carbonatadas. El impuesto que actualmente pagan se traslada a todas las bebidas tradicionales como la horchata, el fresco de chan, de caragüe, la ensalada, los frescos de piña, mora, arrayán, naranjada, limonada, etc. Estas últimas bebidas, mal llamadas populares, son producidas muchas veces con aguas contaminadas y las preparan en condiciones higiénicas deplorables, por ello es conveniente que disminuya su consumo en favor de las carbonatadas.
Art. 8.- Con el objeto de promover la salud en la población se crea un impuesto de veinticinco dólares que será cancelado por cada persona que se enferme y tenga que pasar consulta en los hospitales públicos o las clínicas del Seguro Social. Este pago se hará independiente de la cuota social que le exija el establecimiento público.
Art. 9.- Quedan exentos de este pago los que asistan a consultorios privados y compren toda la medicina que el médico les recete. La mitad del fondo recolectado según el artículo anterior, será entregado a los hospitales privados para que mejoren los servicios que brindan.
Art. 10.- Se gravarán con un 15% la compraventa de toda vivienda cuyo precio sea inferior a 40,000 dólares. Para ello se actualizarán los precios de las mismas. Con este fondo se promoverá la construcción de viviendas en la zona de la Santa Elena y otras reconocidas residenciales ubicadas en el municipio de Antiguo Cuscatlán siempre que el precio de mercado de cada unidad habitacional sea mayor de cien mil dólares. De esta forma apoyaremos decididamente al sector de la construcción que ha resultado muy afectado por la crisis económica.
Art. 11.- Con el objeto de promover la vida, se establece un impuesto único de cincuenta dólares a toda aquella persona que fallezca. En el caso que el fallecido sea enterrado en un cementerio privado, este impuesto podrá ir a cuenta de los gastos funerarios. Nadie podrá ser enterrado si no paga antes el mencionado impuesto, los parientes serán autorizados a mantener el cadáver en su vivienda mientras no se haga efectivo dicho pago.
Art. 12.- Se crea un impuesto de cinco centavos de dólar, pagadero por cada persona que aborde un bus del servicio público de pasajeros. Este impuesto se pagará cada vez que se aborde una unidad del servicio colectivo. De esta forma evitaremos la vagancia y promoveremos la caminata como forma de ejercicio saludable y al aire libre. Lo cual redundará en la buena salud de la población.
Art. 13.- El fondo recolectado según el artículo anterior será dividido en dos partes iguales. Con la primera se establecerá un bono para todo aquel que desee comprar un auto nuevo en las Agencias Distribuidoras de gran y reconocido prestigio, las cuales han sido gravemente afectadas por la crisis. La segunda parte servirá para establecer un subsidio a la gasolina especial que se sirva para los autos comprados en las agencias distribuidoras y que tengan menos de dos años de adquiridos.
Art. 14.- Las remesas familiares que llegan a El Salvador, causarán una taza impositiva del 20%, esto con el objeto de disminuir el consumismo excesivo. Este fondo será entregado a la principal gremial empresarial del país para que sea usado en el desarrollo de las actividades sociales y recreativas del sector que dignamente representan.
Art. 15.- se cobrará un impuesto del 30% sobre las ventas a todos los puestos de los mercados municipales del país. . Los fondos percibidos servirán para la ampliación de los centros comerciales como Metrocentro, Galerías, La Gran Vía y Multiplaza. Así se promoverán lugares de sano esparcimiento para las compras que realiza la familia salvadoreña.
Art. 16.- Quedan exentos de impuestos los autos de lujo, los yates, los aviones privados y las cuadrimotos para la playa. Se crea un nuevo impuesto de ciento cincuenta dólares anuales para los carretones de minutas, sorbetes y mangos cumbia. Las carretas de bueyes pagarán cien dólares anuales.
Art. 17.- Todos los limosneros que imploran la caridad en las calles y semáforos del país, pagarán un impuesto de 5% sobre lo que reciban en calidad de limosna. Este fondo será entregado a la Teletón.
Art. 18.- Todas aquellas cuentas de ahorro de la banca transnacionalizada, cuyo monto promedio anual sea inferior a los cinco mil dólares americanos, causarán un impuesto de 5% anual. Con este dinero se creará un fondo para el rescate de aquellos bancos que tengan problemas de liquidez o estén al borde de la quiebra.
Art.19.- Quedan derogadas todas aquellas disposiciones legales que contraríen el presente decreto. Esta ley tendrá supremacía sobre las demás y no podrá ser declarada inconstitucional por la CSJ.
Art. 20.- La presente ley de reformas entrará en vigencia el mismo día de su publicación en El Diario de Hoy.
San Salvador, capital de la República, a los treinta días del mes de octubre del año dos mil nueve.
DIOS UNIÓN LIBERTAD.
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