El Ministerio de Hacienda y la eficiencia estatal. Parte II

Hace mas de un año escribí sobre los problemas que se tuvieron en las empresas con el formulario del Ministerio de Hacienda (F983v2) Informe de Inventario Fisico de Bienes del Activo Realizable y los inconvenientes que causó el simple hecho de trabajar con 2 decimales en lugar de 4 o 6.

Esto demostraba la falta de visión de los técnicos informáticos que elaboran los módulos del DET, pero en esta ocasión como yo veo las cosas se trata hoy de la falta de visión de quienes toman las decisiones sobre el manejo de la información, no a nivel técnico sino que estratégico y operativo.

Se trata del formulario (F987V2r4) Informe de Proveedores, Clientes, Acreedores y Deudores (ICV) que en esta ocasión trabaja bien técnicamente, la crítica hoy es respecto a cierta deduplicación de la información que se genera con dicho informe.

Este formulario pretente que las empresas presenten un detalle documento por documento de las compras y ventas efectuadas en un período determinado, es decir que para el caso de esta presentación que vencía en Julio del 2010 se requeria presentar todas las ventas con su numero de documento, fecha, cliente, acreedor, proveedor o deudor (información tributaria, es decir NIT o NRC en el caso de locales y cualquier identificación en caso de extrajneros), monto de la transacción, IVA si aplicaba, asi como la clasificación del tipo de documento, es decir un detalle de todo lo que vendimos o compramos, a quien se lo vendimos o compramos y las fechas en que lo hicimos.

Maravilloso.

Con esto podrán perfectamente cruzar la información para detectar ventas u compras falsas, alteradas o inconsistencias en las declaraciones presentadas por los empresarios.

Sin embargo toda esta información ya la solicitaban en otro «maravilloso» aplicativo del mismo ministerio: Me refiero al famoso COA que era dolor de cabeza para muchas empresas a la hora de declararlo pero que en escencia pide la misma información que el F987 ya mencionado.

Incluso el COA es mejor pues se debe corroborar mes a mes digitando los datos de las declaraciones de IVA de los meses declarados con lo cual se puede evitar aún mas cualquier omisión o adición maliciosa, pero el COA solo se lo requieren a ciertas empresas que como dice el sitio web del ministerio es un aplicativo:

«…a ser utilizado unicamente por los contribuyentes que reciban nota de Requerimiento de la Administración» .

La diferencia es que el COA no solicitaba a las empresas toda la información de estos rubros sino que únicamente la que se relacionaba con los contribuyentes, excluyendo a los consumidores finales, pero para eso, bastaba ampliar el COA y generalizarlo hasta llevarlo a la cobertura que tiene en nuevo F987 o en todo caso, ya que decidieron ampliar al DET para incluir los datos de compras y ventas de las empresas, deberían eliminar el COA que entrega la misma información, pero estar pidiendo registros por un lado y la misma información con otro formato por el otro que significa a las empresas doble trabajo de migración realmente no le veo sentido y me habla muy mal de la gente que maneja los sistemas de información del Ministerio de Hacienda, está bien cerrar la tenaza pero hay que hacerlo con la pieza correspondiente, no con una adicional que ni siquiera puede relacionarse con la anterior.

La idea general de ambas, aplicacion COA y formulario F987 es la misma y la finalidad es correcta para poder tener mayor control sobre las declaraciones y poder detectar intentos de elusión o evasión de impuestos, sin embargo es información deduplicada que pudo manejarse de una sola vez, corrigiendo los problemas y omisiones que tenía el coa, ampliando la base de control que es sobre las Facturas a Consumidores Finales ya que los Créditos Fiscales y las Facturas de Exportación si estaban controladas.

Nuevamente insisto en que situaciones como esta apuntan a que en el seno del Ministerio de Hacienda no existe una clara visión de lo que quieren controlar, a pesar de que la institución aparentemente está certificada con la norma ISO 9001:2000 y que creo que ya migraron a la ISO 9001/2008, tienen serios problemas con la cláusulas 7 repecto a la realización del producto, incluyendo la 7.2.3 Comunicación con el Cliente.

Necesitan conformar un grupo interdisciplinario que vea todos estos aspectos con los módulos informáticos del Ministerio de Hacienda, ya que se hace trabajo doble y sin necesidad de parte de los usuario y de parte de ellos mismos.

3 comments for “El Ministerio de Hacienda y la eficiencia estatal. Parte II

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.